DESCRIPCIÓN.
La Vicefiscalía de Investigación es la encargada de reunir todos los indicios y datos de prueba necesarios para el esclarecimiento de los hechos que son de su conocimiento, con el propósito de sustentar el ejercicio de la acción penal en contra de la persona imputada; para lo cual procura, vigilar, coordinar y, en su caso, llevar a cabo todos los actos propios de la etapa de investigación inicial del procedimiento penal, incluyendo todas las audiencias previas al inicio de la investigación complementaria, el ejercicio de la acción penal, del ejercicio de la facultad de no investigar, de la determinación de archivar temporalmente las investigaciones, de aplicar los criterios de oportunidad y de determinar el no ejercicio de la acción penal, en términos de lo dispuesto para tales efectos por el Código Nacional de Procedimientos Penales.
ATRIBUCIONES.
- • Recibir denuncias y asignar a las Agencias del Ministerio Público las investigaciones relacionadas con delitos materia de su competencia.
- • Coordinar, vigilar y supervisar la debida integración y el seguimiento de las carpetas de investigación que son de su conocimiento.
- • Coordinar, vigilar, supervisar y, en su caso, derivar los casos que son de su conocimiento a los Facilitadores, para la aplicación de un Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias en Materia Penal
- • Coordinar, supervisar, vigilar el cumplimiento y, en su caso, aprobar la celebración de los Acuerdos Reparatorios.
- • Proponer la aplicación de los criterios de oportunidad y la determinación del no ejercicio de la acción penal.
- • Promover, atender, vigilar y proteger cabalmente los derechos humanos y las garantías constitucionales de la persona imputada.
- • Coordinar, promover, vigilar, supervisar y proteger los derechos humanos y las garantías constitucionales de las víctimas u ofendidos.
- • Coordinar, vigilar y supervisar la intervención que corresponde a la Institución del Ministerio Público en los procedimientos civiles y familiares.
- • Atender lo establecido por el Protocolo Nacional de Alerta Amber.
ORGANIZACIÓN.
Vicefiscalía de Investigación:
I. Dirección General de Investigación del Delito;
- a) Unidad Especializada en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias;
- b) Unidad de Atención Temprana;
- c) Unidad de Detenidos;
- d) Unidad de Exhortos;
- e) Unidad de Investigaciones Foráneas;
- f) Unidad de Procesos del Sistema Tradicional;
- g) Unidad de Trámite Común; y
- h) Unidad del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes;
II. Dirección General de Investigación Especializada;
- a) Unidad Especializada en Investigación de Delitos Sexuales, Justicia Familiar y de Género;
- b) Unidad Especializada en Combate al Narcomenudeo;
- c) Unidad Especializada en Investigación de Robos;
- d) Unidad Especializada en Combate al Robo de Vehículo;
- e) Unidad Especializada en Combate al Secuestro;
- f) Unidad Especializada en Investigación de Homicidios; y
- g) Unidad Especializada en Investigación de Robo de Ganado;
III. Fiscalía Especializada en Materia de Desaparición y Localización de Personas;
IV. Fiscalía Especializada en Materia de Tortura;
V. Fiscalía Especializada en Materia de Trata de Personas; y
VI. Dirección de Bienes Asegurados.