Capítulo Primero del Tiítulo Tercero del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General el Estado, El Vice Fiscal de Investigación de Delitos se auxiliaráde la Dirección General de Investigación del Delito, la Dirección General de Investigación Especializada, la Dirección Central de Investigaciones, la Dirección de Investigaciones Foráneas y de la Subdirección de Atención Temprana; y tendrá adscritas las Unidades Administrativas y Sustantivasque se señalan en la Ley Orgánica, el presente reglamento y las que determinen el Fiscal General para el correcto funcionamiento de la Fiscalía.