DESCRIPCIÓN.
El Órgano Interno de Control y Vigilancia de la Fiscalía General de Integra en una Visitaduría General que goza de autonomía operativa, de decisión y de gestión para investigar, sustanciar y resolver los hechos presuntamente constitutivos de faltas administrativas, cometidos por los servidores públicos de la Fiscalía General o por los particulares que acuden a ella, así mismo, es la encargada de la inspección, control y fiscalización de recursos en general incluidos los recursos financieros y partidas federales de las diversas Unidades que integran la Fiscalía General.
Atribuciones desde la autonomía técnica de cada una de sus Unidades:
De la Unidad de Auditoría Financiera:
- • Elaborar planes, programas y políticas de mejora, así como para la prevención de riesgos o faltas administrativas, programas de Auditorías y Visitas.
- • Practicar Auditorías a las distintas Unidades de la Fiscalía General.
- • Realizar las gestiones necesarias para garantizar la realización de declaraciones patrimoniales y declaración de intereses de los servidores públicos de la Fiscalía General.
- • Participar en los procedimientos que lleve a cabo la Fiscalía General para la adquisición, arrendamiento o desincorporación de bienes o servicios.
- • Corroborar mediante la práctica de Auditorías el correcto ejercicio del gasto público.
- • Presentar ante la Unidad Investigadora de la Visitaduría General las vistas o denuncias derivadas de la práctica de Auditorías, Visitas.
- • Realizar las gestiones necesarias para garantizar los procesos de entrega-recepción de los asuntos y recursos públicos de la Fiscalía General.
De la Unidad Investigadora:
- • Recibir las denuncias que le presenten por la acción u omisión de hechos posiblemente constitutivos de faltas administrativas.
- • Iniciar la investigación por la presunta responsabilidad de faltas administrativas, ya sea de oficio, por vista de hechos de diversas autoridades, así como aquellas denuncias que se reciban por escrito, entrevista, o de manera anónima cuando verse sobre hechos notorios o públicos.
- • Mantener la confidencialidad de las personas que denuncien de manera anónima.
- • Ordenar las Visitas que estime conducentes.
- • Hacer uso de las medidas de apremio que dispone la Ley.
- • Elaborar y presentar el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa.
- • Recibir el recurso de inconformidad por la calificación de faltas administrativas no graves
De la Unidad Substanciadora y Resolutora:
- • Admitir el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa.
- • Ordenar el emplazamiento del presunto responsable
- • Dictar las medidas cautelares provisionales y la resolución interlocutoria que corresponda.
- • Substanciar el procedimiento de responsabilidades administrativas hasta el cierre de instrucción.
- • Ordenar la realización de diligencias, disponiendo la práctica o ampliación de cualquier diligencia probatoria.
- • Admitir y substanciar el recurso de reclamación.
- • Ejercer las facultades previstas en materia de descuentos al pago de derechos de almacenamiento, guarda y custodia de vehículos.
- • Verificar el estricto cumplimiento de las instrucciones o recomendaciones hechas por parte de la Unidad Investigadora
Contacto 24 horas 365 días: Visitaduría General de la Fiscalía General del Estado; Tel.: 01 (449) 1963101
ORGANIZACIÓN.
Oficialía Mayor
I. Visitaduría General;
- a) Unidad de Auditoría Financiera;
- b) Unidad Investigadora; y
- c) Unidad Substanciadora y Resolutora;