El Tribunal Unitario de Enjuiciamiento con sede en el Primer Partido Judicial emitió fallo condenatorio en contra de Fabián Mariano González Ramírez, consistente en 12 años y seis meses de prisión, debido a que la Agente del Ministerio Público adscrita a la Dirección de Litigación de la Fiscalía General del Estado, acreditó plenamente su intervención en el delito de Robo Calificado, previsto y sancionado en los artículos 140 fracción I y 142 fracciones III, VII y VIII del Código Penal de Aguascalientes.
Los hechos que derivaron en la resolución emitida por el togado, señalan que el día 24 de julio de 2019, aproximadamente a las 16:45 horas Fabián Mariano, junto con otra persona del sexo masculino, se introdujeron a una negociación de comida ubicada en Boulevard José María Chávez, aproximándose a las víctimas, quienes se encontraban comiendo en el lugar.
Posterior a eso, procedieron a amagarlos con armas de fuego y les exigieron que les entregaran las llaves del vehículo de motor en el que habían llegado, el cual es de la marca Toyota, tipo Camry, color blanco con placas de circulación del estado de Jalisco.
Una vez que obtuvieron el acceso a la unidad, sustrajeron un portafolio que contenía un millón 80 mil pesos, así como 38 cheques, con el valor de 90 mil pesos cada uno, propiedad de la empresa en la que desempeñaban sus funciones los ofendidos; una vez que el acusado y su acompañante efectuaron el apoderamiento, se retiraron del lugar a bordo de un diverso automotor.
Derivado de lo sucedido, las víctimas dieron parte a las autoridades, con lo que se inició la investigación correspondiente a cargo de la Representación Social, Policía de Investigación e Investigación Pericial, quienes recabaron los datos de prueba suficientes para dar inicio al proceso penal.
Tras librar las diversas etapas procesales, la autoridad jurisdiccional dictó sentencia con base en el nivel de culpabilidad medio, siendo así que se estableció que Fabián Mariano González Ramírez, deberá permanecer en pena privativa de libertad por espacio de 12 años y 6 meses, además del pago de una multa y el resarcimiento del daño monetario a favor de las víctimas y la empresa a quienes afectó en su patrimonio.