Por los hechos registrados el ocho de abril del año en curso, en el municipio de Tepezalá, la Agencia del Ministerio Público formuló imputación en contra de una persona identificada como Alberto N N, por el hecho delictivo de Homicidio Culposo y Lesiones Culposas.
El Juez de Control y Juicio Oral Penal resolvió de manera proporcional respecto del hecho atribuido al imputado y al bien jurídico, medidas cautelares que tienen como objetivo garantizar la comparecencia de Alberto en el proceso, la protección de la víctima y la sustracción del probable responsable a la acción de la justicia.
Obra en la carpeta de investigación que el día antes marcado, Alberto circulaba a bordo de un vehículo mejor conocido como Tortón, de la marca Kenworth, sobre la carretera estatal número 4, aproximadamente a la altura del kilómetro 5 por la comunidad de Calderas -sentido oriente a poniente- en ese momento invadió el carril contrario.
Derivado de la imprudente maniobra, el imputado impactó su unidad de motor contra una camioneta de la marca Nissan, línea Frontier, misma que a consecuencia del choque salió de la cinta asfáltica provocando la muerte de manera instantánea de Josué Flores Vera quien contaba con 25 años de edad, así como ocasionando lesiones a otro tripulante.
De acuerdo al informe de necropsia practicado por personal de Investigación Pericial, Josué perdió la vida a consecuencia de traumatismo múltiple; con estos elementos la Dirección de Investigaciones Foráneas integró la carpeta correspondiente mediante los datos de prueba que arrojaron como resultado la probable responsabilidad de Alberto.
En audiencia de control de detención, el Agente del Ministerio Público demostró ante el Juez los motivos de la detención del imputado, los cuales fueron analizados con la finalidad de dar cumplimiento al plazo constitucional de retención y los requisitos de procedibilidad; dada como legal la detención, el Órgano Jurisdiccional dictó auto de vinculación a proceso en contra de Alberto.
Además resolvió las siguientes medidas cautelares: la presentación mensual ante el Juez o ante la autoridad distinta que aquel designe; la exhibición de una garantía económica equivalente a 3 mil pesos; prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad donde reside o del ámbito territorial que fije el juez; prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse a ciertos lugares; prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con determinadas personas, con las víctimas u ofendidos o testigos, siempre que no afecte el derecho de defensa; como plazo de cierre de investigación se establecieron dos meses.