Luego de atravesar las diversas etapas que comprendieron la causa penal emprendida en contra de Gustavo Abraham de Luna Ortíz, se celebró la audiencia de juicio oral, en la que, cada uno de los involucrados en el proceso intervinieron con el fin de verter argumentos convincentes ante el togado, quien luego de un receso determinó el fallo condenatorio en contra del sujeto, por su participación en el delito de Homicidio Doloso Calificado con Ventaja, lo que ocasiona que enfrente una sentencia de 21 años y 3 meses de prisión.
De acuerdo con los hechos, el día 12 de abril de 2018, aproximadamente entre las 16:00 y las 17:00 horas, la víctima, de nombre Luis Alberto, alias “El Cama”, estaba en las inmediaciones de su domicilio ubicado en la calle Sagitario del fraccionamiento Gómez Portugal (conocido como Cerrito de la Cruz) de la ciudad capital.
En un momento determinado, arribaron a la vivienda el sentenciado acompañado de por lo menos otro sujeto, (del que hasta el momento se desconoce la identidad) y realizaron una agresión conjunta, hasta tirarlo al suelo; fue entonces que, el acompañante de Gustavo, comenzó a golpear en la cabeza al pasivo con un bate de béisbol, mientras que el acusado lo atacaba con pies y puños.
Acto seguido, Abraham le dijo a la víctima: “Dame las llaves”, pero como este ya no se movía, se acercó a él y le sacó de la bolsa del pantalón un llavero, para rematar diciendo: “Para la otra que te vuelvas a pasar de lanza”.
Posteriormente, ambos se dieron a la fuga del lugar, mientras que la víctima fue trasladada a recibir atención médica, perdiendo la vida el día 13 de abril, en las inmediaciones del Hospital Hidalgo, como consecuencia de un traumatismo craneoencefálico severo.
Derivado de lo sucedido, la Representación Social emprendió las indagatorias correspondientes que, tras ser integradas de manera adecuada, desembocaron en la aprehensión del entonces probable responsable.
En el momento procesal idóneo, la Autoridad Judicial, convocó a audiencia de juicio oral, que tuvo verificativo con el fin de desahogar los medios de prueba admitidos que se ofrecieron por parte de la Fiscalía y la defensa; así pues, se rindieron los alegatos de clausura y se señaló un receso para deliberar y emitir el fallo correspondiente.
Al reanudar la diligencia, el Tribunal, emitió fallo condenatorio por el delito de Homicidio Doloso Calificado con Ventaja, previsto en el Código Penal vigente del Estado de Aguascalientes.
Acto seguido, se llevó a cabo la audiencia de individualización de sanciones, estableciendo que el grado de culpabilidad del sentenciado, se fijó en el punto equidistante entre el mínimo y el medio, condenando a Gustavo Abraham de Luna Ortíz a una pena de 21 años y tres meses de prisión, así como el pago de 237 días de multa, equivalentes a la cantidad de $19 mil 102.20 pesos.
Como reparación del daño, se ordenó al pago del daño material, por la cantidad de $54mil 446 pesos por concepto de gastos funerarios y $496 mil 246 pesos como indemnización por el fallecimiento de la víctima; como daño moral la cantidad de $496 mil 246 pesos, correspondiente a un tanto del fijado como indemnización material, a favor de la pareja del occiso.