Por alterar la salud y provocar un daño a la corporeidad de su progenitora, Jessica Maribel N N se encuentra enfrentando un proceso penal por el hecho delictivo de Lesiones Dolosas previsto y sancionado por el artículo 104 del Código Penal vigente en el Estado de Aguascalientes.
En audiencia inicial el fiscal encargado de la causa penal demostró la probable intervención de la imputada, ante el Juez de Control y Juicio Oral Penal; resultado de la exposición de datos de prueba Jessica Maribel quedó vinculada a proceso bajo medidas cautelares impuestas, las cuales abarcan las fracciones I, V y VIII del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Marca la carpeta de investigación que el día siete de diciembre del año 2021, alrededor de las 20:00 horas la pasiva se encontraba en compañía de una hija y su nieta caminando en calles de la colonia San Pablo.
En determinado momento, se encontraron con Jessica Maribel quien de manera inmediata se acercó con la niña la cual es su hija, estuvieron conviviendo unos minutos hasta que la pasiva le pidió le entregara a la menor; lo anterior provocó la molestia de la probable responsable quien comenzó a discutir con su progenitora.
Al calor de la disputa, la imputada arremetió en contra de la pasiva, a quien tumbó al pavimento donde estrelló su cabeza contra el piso; arribando al lugar elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal los cuales llevaron a cabo la detención de Jessica Maribel.
De acuerdo al dictamen de lesiones emitido por Investigación Pericial, la víctima contaba con una equimosis violácea en región geniana y edema de pie izquierdo; hechos que encuadran en el tipo penal de Lesiones Dolosas cometido en perjuicio de la víctima.
En audiencia inicial, el Agente del Ministerio Público formuló imputación en contra de la imputada a quien informó que la Fiscalía se encontraba llevando a cabo una indagatoria en su contra por el hecho delictivo de Lesiones Dolosas.
Luego de las solicitudes emitidas por el fiscal encargado de la causa penal, el Juez de Control dictó el auto de vinculación a proceso en contra de la probable responsable; las medidas cautelares consideradas por el Magistrado fueron las siguientes: la presencia bimestral ante el Juez o ante autoridad que aquél designe; prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse o ciertos lugares; prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con determinadas personas, con las víctimas u ofendidos o testigos, siempre que no se afecte el derecho de defensa. Con un plazo para el cierre de investigación complementaria de dos meses.